Se opone a la caducidad
Resumen
El 27 de octubre de 2025, la representación legal de Lisa, S.A. presentó ante la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de lo Civil y Mercantil su escrito de alegatos en la Apelación No. 251-2025, dentro del Expediente No. 01048-2008-9829. En dicho escrito, Lisa solicita que se confirme el auto de fecha 4 de septiembre de 2024, emitido por el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil del Departamento de Guatemala, el cual rechazó el incidente de caducidad de la instancia promovido por Alimentos para Animales, S.A. La sociedad argumenta que, al momento de plantearse la caducidad, el proceso ya se encontraba “en estado de resolver”, por lo que la continuación del trámite dependía exclusivamente del tribunal y no de las partes, conforme al artículo 589 inciso 1º del Código Procesal Civil y Mercantil, que excluye la caducidad cuando el expediente está bajo resolución judicial.
El escrito cita doctrina procesal y la sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 11 de septiembre de 2024 (Exp. 7840-2023), que establece que una parte no puede ser sancionada con caducidad por retrasos atribuibles al propio órgano judicial. Lisa, S.A. señala que la interpretación de la apelante —según la cual el “estado de resolver” sólo se aplica a sentencias definitivas— contradice la finalidad del artículo 589 CPCM y el principio de tutela judicial efectiva, pues protege al litigante diligente cuando la inactividad no le es imputable. Por ello, solicita que la Segunda Sala declare sin lugar el recurso de apelación de Alimentos para Animales, S.A., confirme el auto de 2024-09-04 y condene en costas de segunda instancia a la parte apelante.