Auto463
El Juzgado Cuarto Civil de Panamá declara probado el desacato de Villamorey, S.A. por incumplir la orden de rendición de cuentas e impone multas de $100.00 diarios.
- Emitido el
- 8 abr 2022
- Emitido por
- Juzgado 04°
- Páginas
- 6
El Juzgado Cuarto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá declaró probado el incidente de desacato interpuesto por Lisa, S.A. contra Villamorey, S.A. por incumplir la orden de rendición de cuentas contenida en el de 25 de febrero de 2021, dentro del proceso sumario de rendición de cuentas (). El tribunal ordenó a Ramiro Lopez Nimatuj, representante legal de Villamorey, comparecer el 29 de abril de 2022 a entregar la rendición de cuentas e impuso multas de $100.00 diarios por cada día de incumplimiento. Esta resolución constituye el primer paso coercitivo del proceso sumario, y el posterior incumplimiento de Villamorey condujo al decreto de embargo por más de $44.9 millones, mediante el de agosto de 2022.
Análisis
Antecedentes Procesales
La licenciada María Luisa Villarreal Palacios, apoderada judicial de Lisa, S.A., presentó el incidente de desacato dentro del proceso sumario de rendición de cuentas () el 26 de julio de 2019. El juzgado lo admitió mediante resolución de 29 de diciembre de 2021 y corrió traslado por tres días a Villamorey, que contestó a través de su apoderada, la firma forense Galindo, Arias & López.
Argumentos de la Parte Demandada
Villamorey, por medio de sus abogados, alegó que las acciones de Lisa se encontraban embargadas por orden de distintos tribunales de la República de Guatemala, que Lisa no estaba legitimada para requerir judicialmente la rendición de cuentas porque solo la asamblea de accionistas podía solicitarla, y que la demandante debió fundamentar su pretensión en documentos que prestaran mérito ejecutivo. El tribunal no acogió ninguno de estos argumentos.
Análisis del Tribunal
El juzgado verificó que el ordenó expresamente a Villamorey rendir cuentas dentro de un mes desde la notificación. La firma Galindo, Arias & López compareció ante el juzgado y se notificó de dicha resolución, momento a partir del cual comenzó a computarse el plazo de 30 días, que venció el 23 de diciembre de 2021. El tribunal constató que no existía evidencia procesal de que Villamorey hubiera cumplido la orden:
"En base a lo anterior, podemos observar que no hay constancia procesal en el expediente de que se haya hecho la rendición de cuentas, tal como lo ordena el Auto N° 283/14606-21 de 25 de febrero de 2021." (Página 4)
Resolución
- Se declara probado el incidente de desacato interpuesto por Lisa, S.A. contra Villamorey, S.A.
- Se ordena a Ramiro Lopez Nimatuj, representante legal de Villamorey, la rendición de cuentas sobre la sociedad.
- Se fija el 29 de abril de 2022 a las 9:30 a.m. como fecha para comparecer al tribunal a entregar la rendición de cuentas.
- Se impone sanción de $100.00 diarios en caso de no comparecer.
Fundamento de derecho
- Artículo 1932 del Código Judicial — faculta al tribunal a imponer sanciones compulsivas y progresivas ante el incumplimiento de órdenes judiciales dentro de procesos sumarios.
Signatarios
- Mgter. Solange Le Ferrec de Booker, Juez Cuarta de Circuito de lo Civil
- Lcdo. Miguel Angel Quiroz, Secretario Judicial
Documentos
8| Documento | Fecha |
|---|---|
| 25 feb 2021 | |
| 8 abr 2022 | |
| 2 ago 2022 | |
| 9 ago 2022 | |
| 23 sept 2022 | |
| 25 oct 2022 | |
| 2 feb 2023 | |
| 13 nov 2023 |
