Última actualización
El 11 de septiembre de 2024, la Corte de Constitucionalidad confirmó la denegatoria de amparo y declaró sin lugar la apelación de Reproductores Avícolas, S.A., cerrando definitivamente la vía constitucional sobre la caducidad.
Exp. 01043-2011-00112 · Juicio Sumario de Oposición a Exclusión de Accionista
El 11 de septiembre de 2024, la Corte de Constitucionalidad confirmó la denegatoria de amparo y declaró sin lugar la apelación de Reproductores Avícolas, S.A., cerrando definitivamente la vía constitucional sobre la caducidad.
Lisa, S.A. promovió juicio sumario de oposición ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil de Guatemala para impugnar su exclusión como accionista de Reproductores Avícolas, S.A., acordada por la asamblea general ordinaria del 4 de abril de 2011. Durante el trámite, Reproductores solicitó la caducidad de la primera instancia por supuesta inactividad procesal. Los tribunales en todas las instancias, incluyendo la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Constitucionalidad, rechazaron la caducidad al determinar que la inactividad era atribuible al órgano jurisdiccional, no a las partes. El juicio de oposición sobre el fondo de la exclusión permanece pendiente de resolución.
Lisa, S.A. promovió juicio sumario de oposición de exclusión de socio ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil de Guatemala contra Reproductores Avícolas, S.A. (Expediente 01043-2011-00112). La demanda, admitida el 4 de diciembre de 2012, impugnaba el acuerdo de exclusión adoptado por la asamblea general ordinaria anual de accionistas del 4 de abril de 2011. Como medida precautoria, el juzgado decretó la cesación provisional de los efectos de la resolución de exclusión.
Durante la fase probatoria, el juzgado rechazó medios científicos de prueba propuestos por Reproductores en resolución del 21 de octubre de 2016, la última actuación registrada. Existían ocho resoluciones dictadas entre el 30 de septiembre y el 21 de octubre de 2016 que no fueron notificadas hasta el 17 de julio de 2017, por omisión del notificador del juzgado.
El 6 de junio de 2017, Reproductores promovió incidente de caducidad de la primera instancia, alegando más de seis meses de inactividad. El 7 de junio de 2017, el juzgado rechazó la solicitud al constatar la existencia de notificaciones pendientes. Reproductores apeló y la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil confirmó el rechazo el 9 de marzo de 2022, determinando que la dilación era atribuible al notificador del juzgado. La Sala certificó lo actuado a la Junta de Disciplina Judicial por la mora de aproximadamente cinco años en la remisión del expediente.
El intento de Reproductores de terminar el juicio de oposición mediante caducidad se inscribe dentro de un patrón de conducta procesal dirigida a impedir que Lisa ejerza su derecho a impugnar judicialmente la exclusión como accionista.
La Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y Antejuicio, denegó por notoriamente improcedente el amparo promovido por Reproductores Avícolas, S.A. contra la resolución de la Sala Segunda que confirmó el rechazo de la caducidad. Reproductores alegó violación a la seguridad jurídica, debido proceso y derecho de defensa, sosteniendo que los artículos 588 y 590 del Código Procesal Civil y Mercantil no condicionan el cómputo de la caducidad a la práctica de notificaciones.
La Cámara fundamentó su decisión en la distinción doctrinal entre inactividad de las partes e inactividad del órgano judicial, citando a Montero Aroca y Chacón Corado. Concluyó que la inactividad del proceso se debió a la omisión del juzgado en practicar las notificaciones pendientes, no a las partes. Se impuso multa de Q. 1,000.00 al abogado patrocinante Javier Antonio Mendizábal Rojas por la notoria improcedencia del amparo.
El fallo preservó la vigencia del juicio sumario de oposición, impidiendo que Reproductores lograra la terminación del proceso.
La Corte de Constitucionalidad declaró sin lugar la apelación de Reproductores Avícolas, S.A. y confirmó la denegatoria de amparo. Reproductores alegó tres agravios: que el rechazo sin trámite impidió comprobar la inactividad procesal, que la denegatoria constituyó una defensa oficiosa en beneficio de Lisa, y que Lisa no compareció hasta ocho meses después de la última actuación.
La Corte realizó un examen independiente y determinó que la Sala Segunda emitió una decisión correctamente motivada. Aplicó el artículo 66, literal c), de la Ley del Organismo Judicial, concluyendo que el incidente resultaba improcedente porque la inactividad del expediente obedeció a la falta de notificación, acto procesal propio del órgano jurisdiccional. La Corte calificó los reproches de Reproductores como un intento de obtener la revisión del fondo de lo ya decidido.
La sentencia cerró definitivamente la vía constitucional sobre la caducidad, dejando protegido el juicio de oposición de Lisa contra cualquier intento futuro de terminación por esta vía.
| Fecha | Documento | Emitido por |
|---|---|---|
| 6 jun 2023 | Fallo de Amparo | Corte Suprema |
| 11 sept 2024 | Fallo de Amparo | Corte de Constitucionalidad |
El juicio sumario de oposición de exclusión de socio continúa pendiente de resolución en cuanto al fondo. La cuestión central, la validez de la exclusión de Lisa, S.A. como accionista de Reproductores Avícolas, S.A., aún no ha sido decidida.