Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 01165-2018-00276

Tercería Coadyuvante

País
Guatemala
Grupo
Tercero Coadyuvante
Demandantes
  • Administradora de Restaurantes, S.A.
  • Compañía Importadora La Perla, S.A.
Demandados
  • Lisa, S.A.
  • BDT Investments Inc.

Documentos

  1. Auto21 mar 2024
  2. Auto2 abr 2024
  3. Auto26 abr 2024
Exp. 01165-2018-00276
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Auto

Admite a BDT Investments como tercero coadyuvante de Lisa, S.A.

Emitido el

21 mar 2024

Emitido por

Juzgado 15°

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Mediante auto del 21 de marzo de 2024, el Juzgado Décimo Quinto Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil de Guatemala admitió a BDT Investments Inc. como tercero coadyuvante de Lisa, S.A. en el juicio sumario Expediente 01165-2018-00276, promovido por Administradora de Restaurantes, S.A. y Compañía Importadora La Perla, S.A. La intervención de BDT formaliza la participación directa de la entidad cesionaria de los derechos de Lisa en la defensa del proceso.

Antecedentes del Caso

Rossana Mishelle Ramírez Paredes se apersonó al proceso presentando memorial y documentos que acreditaron su calidad de mandataria especial judicial con representación de BDT Investments Inc. El juzgado verificó la documentación y reconoció la personería conforme a ley, tomando nota de que la mandataria actuaría bajo su propia dirección y procuración.

Resolución

  • Se tuvo a BDT Investments Inc. como tercero coadyuvante de Lisa, S.A., de conformidad con los artículos 549 y 553 del Código Procesal Civil y Mercantil
  • Se reconoció la calidad de mandataria especial judicial con representación de Rossana Mishelle Ramírez Paredes
  • Se ordenó notificar a las partes

Fundamento de Derecho

  • Artículos 549 y 553 del Código Procesal Civil y Mercantil — fundamento para la admisión del tercero coadyuvante
  • Artículos 12, 28, 29, 203 y 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala — garantías del debido proceso y administración de justicia
  • Artículos 25, 26, 28, 44, 45, 46, 51, 61 al 67, 69 al 72, 79, 106, 229, 547 y 548 del Código Procesal Civil y Mercantil — normas procesales aplicables
  • Artículos 141 al 143 de la Ley del Organismo Judicial — regulación de la personería
  • Artículos 7, 13, 17, 18 al 23, 28 al 36 del Decreto 13-2022 — tramitación electrónica de expedientes judiciales

Trámite Posterior

Administradora de Restaurantes, S.A. interpuso recurso de revocatoria contra esta resolución, argumentando que la protocolización del documento proveniente de Panamá violaba el Código de Notariado y que BDT pretendía sustituir a Lisa como parte demandada. El juzgado declaró sin lugar la revocatoria mediante resolución del 2 de abril de 2024, confirmando que la admisión de BDT fue dictada conforme a derecho. Administradora interpuso posteriormente recurso de aclaración y ampliación, que fue igualmente rechazado mediante resolución del 26 de abril de 2024.

Siguiente en el litigio
Rechaza revocatoria y confirma admisión de BDT como coadyuvante de Lisa
2 abr 2024