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Exp. 556-99

Fallo de Apelación

El Primer Tribunal Superior se inhibe de conocer la apelación de Villamorey, S.A. contra el Auto No. 2277-2018, al determinar que la orden de compensación por $894,718.00 no figura en el catálogo taxativo de resoluciones apelables.

Emitido el
12 jul 2019
Emitido por
Primer Tribunal Superior
Páginas
3

El Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial se inhibió de conocer la apelación interpuesta por Villamorey, S.A. contra el , mediante el cual el Juzgado Undécimo de lo Civil denegó el remate de acciones y ordenó la compensación de la condena de $894,718.00 con dividendos retenidos. El tribunal determinó que dicha resolución no figura en el catálogo taxativo (numerus clausus) de resoluciones apelables del artículo 1131 del Código Judicial, por lo que la apelación concedida en primera instancia no debió admitirse. Villamorey, S.A. posteriormente acudió ante el Pleno de la Corte Suprema mediante una acción de amparo, el , que también fue denegada.

Análisis

Anomalía Procesal Identificada

El tribunal identificó de oficio que la resolución impugnada no era susceptible de apelación. Conforme al sistema procesal panameño, el recurso ordinario de apelación solo procede contra las resoluciones expresamente enumeradas en el artículo 1131 del Código Judicial, sistema conocido como numerus clausus. El tribunal determinó que una resolución que deniega una solicitud de remate, ordena el pago mediante compensación con dividendos retenidos y dispone una comunicación a otro juzgado de circuito no está incluida en dicho catálogo taxativo. En consecuencia, aunque el Juzgado Undécimo concedió la apelación en primera instancia, esta no debió haber sido admitida.

"De la actuación que surge en autos, es ostensible que la resolución que niega la solicitud de fijar fecha de remate; que ordena el pago de la ejecución de sentencia; y, que ordena una comunicación a otro Juzgado de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, no está incluida en el catálogo de resoluciones que permiten ser apeladas." (Página 2)

Resolución

  • El Primer Tribunal Superior se inhibió de conocer la apelación interpuesta por Villamorey, S.A. contra el de 5 de diciembre de 2018, proferido por el Juzgado Undécimo de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá

El Auto No. 2277-2018 permaneció intacto. Esta inhibición constituyó la primera confirmación en alzada de la orden de compensación por dividendos dentro del . Villamorey, S.A. agotó posteriormente su siguiente vía de impugnación mediante una acción de amparo de garantías constitucionales ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el , que también fue denegado por unanimidad el 24 de junio de 2020.

Fundamento de derecho

  • Artículo 1131 del Código Judicial — Enumeración taxativa (numerus clausus) de las resoluciones susceptibles del recurso ordinario de apelación en el proceso civil panameño

Signatarios

  • Lilianne M. Ducruet N., Magistrada
  • Miguel A. Espino G., Magistrado
  • José J. Karamañites, Secretario

Documentos

12
DocumentoFecha
11 jul 2008
27 oct 2008
25 nov 2008
28 ago 2012
5 dic 2018
12 jul 2019
24 jun 2020
10 dic 2020
10 feb 2025
11 feb 2025
27 mar 2025
30 abr 2025