Resolución2119-22
La Fiscalía Metropolitana ordena a entidades bancarias certificar y remitir toda la información financiera de Juan Luis Bosch Gutiérrez y Villamorey, S.A. correspondiente al período 2018–2022.
- Emitido el
- 1 sept 2022
- Emitido por
- Fiscalía Metropolitana
- Páginas
- 2
Mediante la Resolución No. 2119-22 del 1 de septiembre de 2022, la Fiscalía Metropolitana, Sección de Atención Primaria, Segunda Subregional ordenó a las entidades bancarias certificar y remitir toda la información financiera vinculada a Juan Luis Bosch Gutiérrez y a Villamorey, S.A. correspondiente al período de diciembre de 2018 a la fecha de contestación. La orden comprende 18 categorías de productos y registros bancarios, incluyendo cuentas, transferencias, contratos de préstamo, fideicomisos y perfiles transaccionales. Esta resolución constituye la primera diligencia investigativa de la Fiscalía tras la presentación de la querella penal de Lisa, S.A., y precede a la admisión formal de la querella emitida ocho días después.
Análisis
Alcance de la Orden
La resolución requiere la entrega de 18 categorías específicas de información y documentación bancaria vinculada a Juan Luis Bosch Gutiérrez (pasaporte No. A1425075) y a Villamorey, S.A. (Folio 9146, Rollo 367, Imagen 303, Sección Mercantil), en el marco de la investigación por presuntos delitos contra el orden económico, contra la fe pública y otros, identificada bajo el Número Único de Caso 202200053278. Entre las categorías se incluyen: solicitudes y fechas de apertura de cuentas u otros productos financieros, documentos de debida diligencia y perfil del cliente, perfil transaccional, contratos de apertura, identificación de beneficiarios finales, tarjetas de firmas y poderes especiales, boletas de depósito en efectivo, registros de transferencias bancarias nacionales e internacionales (incluyendo instrucciones SWIFT y transferencias ACH), estados bancarios del período 2018 a 2022 en formato impreso y digital, documentos de portafolio de inversión, registros de visitas a cajillas de seguridad, estados de cuenta de tarjetas de crédito y débito, y contratos de préstamos hipotecarios, prendarios, comerciales y agropecuarios con sus respectivos saldos. La documentación debe abarcar el período comprendido entre diciembre de 2018 y la fecha de contestación de cada entidad.
La amplitud de la solicitud refleja el objetivo de la Fiscalía de rastrear el flujo completo de fondos vinculados a Bosch y Villamorey durante un período de aproximadamente cuatro años, abarcando tanto operaciones locales como internacionales.
Fundamento de derecho
- Artículos 75 y 418 del Código Procesal Penal, que establecen la obligación de entidades públicas y privadas de colaborar con las solicitudes del Ministerio Público, con apercibimiento de multa de $500.00 a $1,000.00 en caso de incumplimiento, y la facultad de requerir informes a cualquier persona o entidad
- Artículo 29 de la Constitución Nacional
- Artículos 273, 276, 277 y 314 del Código de Procedimiento Penal
- Ley 52 del 30 de abril de 2008, artículos 11, 12 y 13
Contexto Procesal
Esta resolución fue emitida cinco semanas después de que Lisa, S.A. presentara su el 27 de julio de 2022, que alega el desvío de más de $40,000,000.00 en dividendos. Constituye la primera medida investigativa concreta adoptada por la Fiscalía en este expediente. Ocho días después, mediante la del 9 de septiembre de 2022, la Fiscalía admitió formalmente la querella y reconoció a Lisa, S.A. como víctima legítima, lo que confirma que las diligencias de investigación bancaria se iniciaron incluso antes de la admisión formal del caso.
Signatarios
- Licda. Leydi Nuñez, Fiscal Adjunta, Sección de Atención Primaria, Segunda Subregional
Documentos
5| Documento | Fecha |
|---|---|
| 27 jul 2022 | |
| 1 sept 2022 | |
| 9 sept 2022 | |
| 7 dic 2022 | |
| 30 may 2023 |
