Bosch confirma ejecución del secuestro y asume obligaciones de depositario judicial sobre dividendos de Lisa
25 nov 2008
Villamorey, S.A.
Menos de un mes después de que el Juzgado Undécimo de Circuito Civil decretara el Auto No. 1624-08 de secuestro contra Lisa, S.A., Juan Luis Bosch Gutiérrez dirigió este oficio al tribunal en nombre de Villamorey, S.A., confirmando que la junta directiva había adoptado las medidas necesarias para ejecutar la orden y que los dividendos retenidos se encontraban a disposición del juzgado.
La nota establece dos hechos con consecuencias jurídicas duraderas. Primero, Bosch Gutiérrez confirma que Villamorey, S.A. implementó la medida cautelar decretada mediante el Auto No. 1624-08, comunicada a través del Oficio No. 1542-08/Sec. 7081-08 del 27 de octubre de 2008. Segundo, declara expresamente que las retenciones correspondientes a los dividendos declarados a favor de Lisa, S.A. están a disposición del tribunal en cualquier momento que este lo requiera.
"Las retenciones que corresponden a la medida cautelar decretada en cuanto a las sumas de dinero en concepto de dividendos declarados que tenga derecho Lisa, S.A. están a disposición de este Tribunal, en cualquier momento que lo requiera." (Página 1)
Esta comunicación constituyó a Bosch Gutiérrez como depositario judicial de los dividendos de Lisa, S.A. conforme al artículo 536(4) del Código Judicial. Al reconocer por escrito tanto la existencia de los fondos retenidos como su disponibilidad para el tribunal, Bosch Gutiérrez asumió obligaciones legales de custodia, rendición de cuentas y restitución.
El oficio adquirió relevancia determinante en dos momentos posteriores del proceso. En diciembre de 2018, el Auto No. 2277-2018 invocó esta nota como prueba de la existencia y disponibilidad de los dividendos retenidos al ordenar la extinción de la condena de $894,718.00 mediante compensación, en lugar de proceder al remate de las acciones de Lisa, S.A. En febrero de 2025, Lisa, S.A. fundamentó sus peticiones de devolución de fondos y desacato civil precisamente en las obligaciones que Bosch Gutiérrez asumió a través de este documento, señalando que desde noviembre de 2008 el depositario nunca compareció ante el tribunal a rendir cuentas ni a comunicar el estado de los fondos.