Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 556-99

Proceso Ordinario de Mayor Cuantía

País
Panamá
Grupo
Recuperación de Dividendos de Villamorey
Demandante
  • Villamorey, S.A.
Demandado
  • Lisa, S.A.

Documentos

  1. Sentencia 42-0811 jul 2008
  2. Auto 1624-0827 oct 2008
  3. Oficio25 nov 2008
  4. Fallo de Apelación28 ago 2012
  5. Auto 2277-20185 dic 2018
  6. Fallo de Apelación12 jul 2019
  7. Amparo 1022-1924 jun 2020
  8. Auto 1827-202010 dic 2020
  9. Solicitud10 feb 2025
  10. Solicitud11 feb 2025
  11. Solicitud27 mar 2025
  12. Solicitud30 abr 2025
Exp. 556-99
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Fallo de Apelación

Primer Tribunal Superior se inhibe de conocer apelación contra orden de compensación por dividendos

Emitido el

12 jul 2019

Emitido por

Primer Tribunal Superior

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El Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial se inhibió de conocer la apelación que Villamorey, S.A. interpuso contra el Auto No. 2277-2018 de 5 de diciembre de 2018, resolución del Proceso Ordinario de Mayor Cuantía (Exp. 556-99) mediante la cual el Juzgado Undécimo de Circuito de lo Civil denegó la solicitud de remate de las acciones de Lisa, S.A. en las subsidiarias guatemaltecas del grupo Avícola Villalobos y ordenó que la condena de $894,718.00 fuera satisfecha mediante compensación con los dividendos que Villamorey, S.A. retenía como depositaria judicial desde 2008.

Anomalía Procesal Identificada

El tribunal identificó de oficio que la resolución impugnada no era susceptible de apelación. Conforme al sistema procesal panameño, el recurso ordinario de apelación solo procede contra las resoluciones expresamente enumeradas en el artículo 1131 del Código Judicial, sistema conocido como numerus clausus. El tribunal determinó que una resolución que deniega una solicitud de remate, ordena el pago mediante compensación con dividendos retenidos y dispone una comunicación a otro juzgado de circuito no está incluida en dicho catálogo taxativo. En consecuencia, aunque el Juzgado Undécimo concedió la apelación en primera instancia, esta no debió haber sido admitida.

"De la actuación que surge en autos, es ostensible que la resolución que niega la solicitud de fijar fecha de remate; que ordena el pago de la ejecución de sentencia; y, que ordena una comunicación a otro Juzgado de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, no está incluida en el catálogo de resoluciones que permiten ser apeladas." (Página 2)

Resolución

  • El Primer Tribunal Superior se inhibió de conocer la apelación interpuesta por Villamorey, S.A. contra el Auto No. 2277-2018 de 5 de diciembre de 2018, proferido por el Juzgado Undécimo de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá

El Auto No. 2277-2018 permaneció intacto. Esta inhibición constituyó la primera confirmación en alzada de la orden de compensación por dividendos. Villamorey, S.A. agotó posteriormente su siguiente vía de impugnación mediante una acción de amparo de garantías constitucionales ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que también fue denegada por unanimidad el 24 de junio de 2020.

Fundamento de Derecho

  • Artículo 1131 del Código Judicial — Enumeración taxativa (numerus clausus) de las resoluciones susceptibles del recurso ordinario de apelación en el proceso civil panameño

Signatarios

  • Lilianne M. Ducruet N., Magistrada
  • Miguel A. Espino G., Magistrado
  • José J. Karamañites, Secretario
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