Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Cpt. 202300033850

Querella Penal (Peculado y Apropiación Indebida)

País
Panamá
Grupo
Denuncias Penales de Lisa
Demandante
  • Lisa, S.A.
Demandado
  • Juan Luis Bosch Gutierrez

Documentos

  1. Querella Penal9 may 2023
  2. Oficio 295410 may 2023
  3. Oficio 329926 may 2023
  4. Resolución 73-202322 jun 2023
  5. Boleta de Citación22 jun 2023
  6. Oficio 2138-2324 ago 2023
  7. Escrito Aclaratorio21 sept 2023
  8. Solicitud11 oct 2023
  9. Resolución 59314 nov 2023
  10. Oficio26 dic 2023
  11. Acta de Entrevista8 feb 2024
  12. Solicitud13 mar 2024
  13. Resolución3 jun 2024
  14. Oficio 586623 ago 2024
  15. Escrito Aclaratorio23 sept 2024
  16. Querella Penal8 oct 2024
  17. Escrito Probatorio22 oct 2024
  18. Escrito de Oposición22 ene 2025
  19. Solicitud31 ene 2025
  20. Acta de Entrevista6 feb 2025
  21. Resolución21 mar 2025
  22. Solicitud21 mar 2025
  23. Notificación27 may 2025
  24. Solicitud19 ago 2025
Cpt. 202300033850
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Resolución

Fiscalía ordena a Villamorey y GALA entregar registros financieros 2019-2024, deniega inspección ocular

Emitido el

3 jun 2024

Emitido por

Fiscalía Anticorrupción

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La Fiscalía Adjunta de la Sección de Investigación de las Fiscalías Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación de Panamá resolvió la solicitud presentada por el licenciado Carlos De Icaza Muñoz, apoderado judicial de Lisa, S.A., dentro de la investigación penal por presunta retención indebida de dividendos en perjuicio de Lisa, S.A. como accionista de Villamorey, S.A. La resolución admite parcialmente las diligencias solicitadas, ordenando el requerimiento de documentación contable y financiera y denegando aquellas peticiones que la Fiscalía consideró redundantes o prematuras.

Solicitud de la Querellante

Lisa, S.A. formuló tres peticiones concretas. Primera, que se oficiara a Villamorey, S.A. y, en su defecto, a la firma Galindo, Arias y López (GALA), su agente residente, para que entregaran información sobre libros contables, estados financieros y documentación conexa correspondiente al periodo 2019 a 2024. Segunda, que subsidiariamente se practicara inspección ocular sobre dichos registros contables, ya fuera en las oficinas de Villamorey, S.A. o de GALA. Tercera, que de existir los registros contables, se ordenara la práctica de una auditoría forense para acreditar la magnitud de los hechos ilícitos y la cuantía ocultada a Lisa, S.A.

Consideración Fiscal

La Fiscalía fundamentó su análisis en la amplitud probatoria del ordenamiento procesal penal panameño, señalando que solo son inadmisibles las pruebas impertinentes, inconducentes, repetitivas, superfluas o ilícitas. En cuanto al requerimiento documental, la Fiscalía determinó que oficiar a Villamorey, S.A. resultaba conducente porque la investigación se origina de la presunta retención indebida de dividendos correspondientes a Lisa, S.A. en su calidad de accionista. Respecto a la inspección ocular, la Fiscalía observó que perseguía la misma finalidad que el requerimiento documental y, por tanto, resultaba innecesaria como diligencia autónoma. En relación con la auditoría forense, la Fiscalía consideró prudente diferirla hasta recibir la documentación solicitada a Villamorey, S.A. para evaluar las condiciones del informe pericial.

Resolución

  • Admitir la solicitud de oficiar a Villamorey, S.A. y, en su defecto, a GALA para requerir información sobre libros contables y estados financieros del periodo 2019 a 2024
  • No admitir la solicitud de inspección ocular sobre los registros contables de Villamorey, S.A. o GALA
  • Comunicar a las partes la decisión adoptada

Fundamento de Derecho

  • Artículos 22, 25 y 220 de la Constitución Política de Panamá -- garantías fundamentales y protección del derecho de propiedad
  • Artículos 3, 5, 10, 14, 19, 68, 70, 73, 93, 98, 272 y 273 del Código de Procedimiento Penal -- normas relativas a las facultades de investigación del Ministerio Público y la práctica de diligencias probatorias

Signatarios

  • Mileyka Espinosa Vargas, Fiscal Adjunta de la Sección de Investigación y Seguimiento de Causas de las Fiscalías Anticorrupción
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