Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 83573-21

Proceso Sumario de Rendición de Cuentas

País
Panamá
Grupo
Recuperación de Dividendos de Villamorey
Demandantes
  • Lisa, S.A.
  • BDT Investments Inc.
Demandado
  • Juan Luis Bosch Gutierrez

Documentos

  1. Fallo de Apelación30 sept 2022
  2. Auto 125 ene 2023
  3. Auto E-12725 ene 2023
  4. Auto 71211 abr 2023
  5. Carta Rogatoria 2919 jul 2023
  6. Notificación4 oct 2023
  7. Solicitud10 ene 2024
  8. Edicto 24621 jun 2024
  9. Auto9 ago 2024
  10. Auto 1810 ene 2025
  11. Apelación19 feb 2025
  12. Apelación13 mar 2025
  13. Edicto7 abr 2025
  14. Fallo de Apelación9 jul 2025
  15. Solicitud21 jul 2025
  16. Fallo de Apelación21 ago 2025
  17. Auto Auto12 sept 2025
  18. Casación20 oct 2025
  19. Edicto 153724 nov 2025
Exp. 83573-21
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Casación

Lisa, S.A. formaliza casación por error en legitimación activa y omisión sobre intervención de BDT

Emitido el

20 oct 2025

Emitido por

Lisa, S.A.

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Lisa, S.A., representada por la Lcda. María Luisa Villarreal Palacios, formalizó recurso de casación en el fondo contra la resolución de 9 de julio de 2025 dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, que confirmó la Sentencia No. 71 de 31 de enero de 2025 del Juzgado Décimo Sexto de Circuito de lo Civil. Dicha sentencia rechazó la demanda sumaria de rendición de cuentas interpuesta por Lisa contra Juan Luis Bosch Gutiérrez, al declarar de oficio la falta de legitimación activa de la demandante. El recurso busca que la Sala Primera de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia case el fallo impugnado y ordene la continuación del proceso.

Causales Invocadas

El recurso se fundamenta en dos causales de fondo previstas en el artículo 1169 del Código Judicial.

Primera causal. Infracción de normas sustantivas de derecho en concepto de error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba. Lisa sostiene que el Tribunal de segunda instancia valoró incorrectamente el Auto No. 898 Exp. 31638-12 de 12 de abril de 2022, mediante el cual el Juzgado Duodécimo de Circuito de lo Civil aprobó la transacción y reconoció judicialmente el Acuerdo de Liquidación con obligación de asignación de derechos celebrado entre Lisa, S.A. y BDT Investments Inc. El argumento central es cronológico: Lisa interpuso su demanda de rendición de cuentas el 26 de agosto de 2021, mientras que el reconocimiento judicial de la cesión no se produjo sino hasta el 12 de abril de 2022. Por lo tanto, al momento de presentar la demanda, Lisa ostentaba plena legitimación activa.

Segunda causal. Infracción de norma sustantiva de derecho por violación directa por omisión. Lisa argumenta que, pese a existir plena prueba del Acuerdo de Liquidación aprobado judicialmente, y pese a que la propia resolución de segunda instancia reconoce expresamente la existencia de dicho acuerdo, el Tribunal omitió pronunciarse sobre la solicitud de intervención como litisconsorte presentada por BDT Investments Inc., que había sido negada en primera instancia y constituía parte de los extremos impugnados en alzada.

Normas Infringidas

  • Artículo 32 de la Constitución Nacional (debido proceso y tutela judicial efectiva), infringido por omisión al no pronunciarse el Tribunal sobre la solicitud de intervención de BDT como litisconsorte, vulnerando la integridad del proceso y la correcta integración de la litis
  • Artículo 835 del Código Judicial (autenticidad de documentos públicos), infringido por omisión al no valorarse correctamente el Auto No. 898 pese a no haber sido tachado de falso por la parte demandada e incluso ser reconocido como plena prueba en la contestación
  • Artículo 612 del Código Judicial (derecho del cesionario a intervenir como litisconsorte del cedente), infringido por omisión al no admitirse la intervención de BDT como cesionaria de los derechos litigiosos de Lisa

"Siendo así, para la fecha en que LISA, S.A., interpuso su Demanda de Rendición de Cuentas, 26 de agosto de 2021 (fs. 4 a 8), ostentaba plena legitimidad activa para accionar su demanda de rendición de cuentas." (Página 3)

Petitorio

  • Que se admita el recurso de casación formalizado
  • Que, una vez surtidos los trámites correspondientes, se case el fallo impugnado de 9 de julio de 2025

Fundamento de derecho

  • Artículos 1163 y 1164 del Código Judicial — procedencia del recurso de casación contra resoluciones que extinguen la pretensión o imposibilitan la continuación del proceso
  • Artículo 1169 del Código Judicial — causales de casación en el fondo invocadas
  • Artículo 32 de la Constitución Nacional — garantía de debido proceso y tutela judicial efectiva
  • Artículo 835 del Código Judicial — presunción de autenticidad de documentos públicos no tachados de falso
  • Artículo 612 del Código Judicial — derecho del cesionario del derecho litigioso a intervenir como litisconsorte del cedente

Signatarios

  • Lcda. María Luisa Villarreal Palacios, abogada apoderada de Lisa, S.A.
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